Autorización de aumentos diferenciales a las empresas de medicina prepaga

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El 17 de febrero de 2025 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 102/2025 a través del cual se introdujeron modificaciones en el Decreto N° 1993/2011 que reglamenta la Ley N° 26.682 de Medicina Prepaga.

Con el fin de reforzar la facultad de las empresas de establecer libremente los valores de sus cuotas durante la vigencia del contrato, el Decreto eliminó la obligación de las entidades de medicina prepaga de respetar la misma proporción de aumento para todos los afiliados. Las modificaciones introducidas incluyeron:

  • Valor de las cuotas: las empresas de medicina prepaga podrán (i) establecer libremente los valores de las cuotas de los planes de salud que ofrezcan; y (ii) fijar aumentos en porcentajes distintos según las características específicas de cada plan.
    Sin perjuicio de ello, el Decreto establece un tope máximo a los porcentajes de aumento en los planes destinados a la última franja etaria. En estos casos, el valor de la cuota nunca podrá superar el triple del valor de la cuota del plan destinado a la primera franja etaria. Además, los planes de la última franja etaria deberán encontrarse disponibles sin limite de edad máxima, tanto para la admisión de nuevos usuarios como para la permanencia de los existentes.

  • Comunicación de los aumentos a los usuarios: El Decreto establece la obligación de las entidades de medicina prepaga de informar de manera clara y destacada las modificaciones en el valor de las cuotas y/o de los copagos, incluyendo el porcentaje de variación aplicado y el nuevo valor de la cuota mensual. La comunicación al afiliado deberá realizarse dentro de los cinco (5) días posteriores a la publicación del último Índice de Precios al Consumidor (IPC) y con una antelación mínima de treinta (30) días corridos previos al vencimiento de la obligación de pago.

Para mayor información sugerimos contactarse con Ignacio González Zambón (igzambon@tca.com.ar), Magdalena Carbó (mcarbo@tca.com.ar) y/o Andrea Laurenza (alaurenza@tca.com.ar).

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